sábado, 11 de mayo de 2019

S5. Actividad 2. Análisis y abstracción de información Regresar a: Sesión 5

Indicaciones
1. Con base en la información recabada elabora un breve marco teórico del anteproyecto/proyecto de investigación sobre el tema de tu interés, el cual deberá contener los siguientes apartados:
  • Antecedentes del tema 
  • Bases Teóricas 
2. Publícalo en tu blog.

Productos
Realiza la impresión de pantalla del marco teórico que has publicado en tu blog, donde se aprecien los antecedentes del tema y las bases teóricas. A continuación pégala en el archivo de texto que creaste en la actividad anterior, esta impresión formará parte de una de tus evidencias que integrarás y enviarás a través de la sección de tareas al finalizar la Unidad 2.

EQUIDAD DE GÉNERO, EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL EN EL ESTADO DE VERACRUZ .


Introducción.
La igualdad de género, actualmente y desde la antigüedad ha sido un derecho humano fundamental que ha sido de muchas maneras relevante para creación y evolución de la sociedad humana, el que las mujeres representen la imagen ideal del hogar cuidado por ellas así como el estar encargadas de la descendencia y la supervivencia de la especie, trajo consigo el encasillamiento de la misma, si bien esto se tiene como algo históricamente correcto, es también cierto que las mujeres con la evolución de la sociedad han cambiado de roles infinidad de veces y su rol dentro de la función de la misma aun  en antecedentes históricos tan amplios como su cambio de la cacería de animales en la era temprana de los grupos humanos nómadas al cambio por  la agricultura y el sedentarismo encabezado por las mujeres pasando por el renasentismo y su atribución de la   nueva belleza y la idolatría dentro de la sociedad por la figura femenina dentro de las artes y la ciencia, hasta tiempos dentro de la primera y segunda guerra mundial, donde al viajar los hombres a los conflictos bélicos , la responsabilidad de la producción de las fábricas y los ámbitos burocráticos recayeron sobre las mismas para cubrir y sostener una sociedad en la que poco a poco fueron peleando y restituyéndoseles derechos humanos que todos tenemos desde el momento de nacer y que con la evolución de la humanidad se han visto más como eso; un arduo camino de empoderar nuevamente al género femenino más que el “otorgarles derechos” dándole y peleando por un espacio donde tengan las misma oportunidades y beneficios que sus similares hombre y en el cual durante los últimos 100 años se han hecho sin números de modificaciones dentro de las entidades  gubernamentales para lograrlo , es así como en la presente investigación se tiene como objetivo dar un panorama de la situación actual de las mujeres dentro de la administración pública federal en México ver que logros y que cosas hay que seguir mejorando para que como se plante desde el inicio del presente escrito se logre cada vez, tener un mejor ámbito paras el desarrollo de la mujer, ver las nuevas políticas que se implementan en materia de igualdad de género, y plantear posibles escenarios y recomendaciones para que sigan mejorando y dan doce nuevas oportunidades y beneficios más equitativos entre hombres y mujeres que forman parte de la administración pública en esta investigacion nos sentraremos en la forma en que esta integrado y como institucionaliza los municipios .




MARCO TEORICO

Antecedentes históricos

El proceso de institucionalización de la perspectiva de género en nuestro país ha tenido un desarrollo paulatino, su evolución se ha visto influida por las cuatro conferencias mundiales que han marcado la pauta y han orientado las acciones en pro de la igualdad entre hombres y mujeres. En particular, el Gobierno de México se comprometió y ratificó su responsabilidad de atender el tema de la equidad entre hombres y mujeres mediante la institucionalización de la perspectiva de género y la ejecución de políticas que impulsen la equidad de género en los diversos ámbitos de la administración pública.
Desde 1917 se ha incluido el principio de no discriminación en nuestro texto constitucional en el artículo 1º; sin embargo, se han suscitado una serie de modificaciones que convergen en proteger, hasta este año, a "las garantías individuales" de las personas, reconociendo derecho y libertades, por lo que el avance principal en el tema de igualdad se obtuvo hasta 1974 con la reforma al artículo 4º constitucional, que establece la igualdad entre "el varón y la mujer" pero estableciéndola al ámbito legal, desafortunadamente en la realidad social aún se sumerge en un proceso de reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres en igualdad con los de los hombres.

El artículo 133 constitucional aduce las características que debían considerarse en cualquier tratado internacional, siendo una limitante que éstos deberían estar acordes a lo que la Constitución establece, así como la particularidad de estar firmados y ratificados por el Estado mexicano, proveyendo que muchos instrumentos jurídicos internacionales puedan no ser adoptados en nuestro derecho interno, además que posiblemente tendría que pasar por una interpretación o consideración jurisdiccional para que tengan valor jurídico.

Empero, con la reforma constitucional en materia de derechos humanos publicada en 2011, se han consolidado avances importantes para garantizar la protección jurídica de los derechos humanos, en los cuales se integra la obligatoriedad de la autoridad de protegerlos, motivando investigaciones y sanciones para aquellas que incumplen.

Además, se le otorga un carácter constitucional al derecho de las niñas y los niños, a la alimentación, al deporte, entre otros derechos. Se otorga, además, una obligatoriedad a todas las autoridades de implementar los compromisos contenidos en los instrumentos jurídicos internacionales.
El Programa para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2015-2018, presentado en el Día Internacional de la Mujer, busca orientar, integrar y facilitar el seguimiento de los esfuerzos institucionales para avanzar en el logro de la igualdad sustantiva entre ambos géneros.

El programa responde a la instrucción del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND) para impulsar a todas las Secretarías de Estado y entidades del Gobierno Federal para trabajar específicamente para que las mujeres de México tengan más servicios, oportunidades y no sean discriminadas dentro de los distintos niveles gubernamentales, en este caso nos centraremos en la administacion municipal dentro de la cuidad de Coscomatepec de Bravo, Veracruz.

en el estado asi como en todo el pais se ha trabajado en tres frentes:

• La creacion de leyes, figuras juridicas  y el seguimiento de tratados internacionales para defender a las mujeres.

• La protección a las mujeres mexicanas que forman parte de la administracion publica en todos los niveles de gobierno .

• La implementación de políticas y acciones para seguir avanzando en el empoderamiento de las mujeres trabajadoras.



2.-DEFINICIONES IMPORTANTES.
Para comprender nuestro tema de investigación es importante definir los conceptos básicos como lo son, que es género, la diferencia entre sexo y genero Además de una breve descripción de lo que se define como perspectiva de género e igualdad laboral y los conceptos que estas engloban. así como de que es la Administración pública federal y como está conformada y para finalizar una breve descripción de servidor público.

2.1 Que es género y diferenciación con la definición de sexo.
El término género fue usado por primera vez para explicar un caso de psicología médica: en1968, Robert Stoller realizó un estudio del que obtuvo datos muy interesantes.
Al investigar casos de niños y niñas cuyo sexo no estaba bien definido al nacer, se dio cuenta de que si eran criados como niños –siendo biológicamente niñas– se comportaban como hombres, y viceversa.
De este análisis, Soler concluyó que la interacción social de los adultos con los infantes influye de manera decisiva en la construcción de la identidad sexual de niños niñas, al menos en sus comportamientos.
Por otra parte, Gale Rubín, considerada la creadora de la categoría de género, utiliza por primera vez esta categoría en 1977 para referirse al sistema de jerarquías sociales, basado en las diferencias sexuales, y en el cual se sustenta el sistema de discriminación de las mujeres.
Con base en lo anterior, es posible definir los conceptos sexo y género:

Sexo:  Diferencias y características biológicas, anatómicas, fisiológicas y cromosómicas de los seres humanos que los definen como hombres o mujeres. Se nace con esas características, son universales inmodificables. Ejemplo: sólo los hombres tienen la capacidad de producir espermatozoides; únicamente las mujeres tienen ovarios y matriz.”
“Genero: Conjunto de ideas, creencias y atribuciones sociales, construidas en cada cultura y momento histórico, tomando como base la diferencia sexual; a partir de ello se construyen los conceptos de ‘masculinidad’ y ‘feminidad’, los cuales determinan el comportamiento, las funciones, oportunidades, valoración y las relaciones entre hombres y mujeres. Son construcciones socioculturales que pueden modificarse, dado que han sido aprendidas.”

2.2  perspectiva de género.

De acuerdo con la “Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”, la perspectiva de género se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género.


Cuando se habla de perspectiva de género, se hace alusión a una herramienta conceptual que busca mostrar que las diferencias entre mujeres y hombres se dan no sólo por su determinación biológica, sino también por las diferencias culturales asignadas a los seres humanos.


2.2.1  Importancia de la perspectiva de género.

Mirar o analizar alguna situación desde la perspectiva de género permite entender que la vida de mujeres y hombres puede modificarse en la medida en que no está “naturalmente” determinada.

Esta perspectiva ayuda a comprender más profundamente tanto la vida de las mujeres como la de los hombres y las relaciones que se dan entre ambos. Este enfoque cuestiona los estereotipos con que somos educados y abre la posibilidad de elaborar nuevos contenidos de socialización y relación entre los seres humanos. El empleo de esta perspectiva plantea la necesidad de solucionar los desequilibrios que existen entre mujeres y hombres, mediante acciones como:

    Redistribución equitativa de las actividades entre los sexos (en las esferas de lo público y privado).
    Justa valoración de los distintos trabajos que realizan mujeres y hombres, especialmente en lo referente a la crianza de las hijas e hijos, el cuidado de los enfermos y las tareas domésticas.
    Modificación de las estructuras sociales, los mecanismos, las reglas, prácticas y valores que reproducen la desigualdad.
    El fortalecimiento del poder de gestión y decisión de las mujeres.

La importancia de la aplicación de la perspectiva de género radica en las posibilidades que ofrece para comprender cómo se produce la discriminación de las mujeres y las vías para transformarla.

Además, es necesario entender que la perspectiva de género mejora la vida de las personas, de las sociedades y de los países, enriqueciendo todos los ámbitos productivos, es decir, no se limita solamente a las políticas focalizadas a favor de las mujeres.

2.3 Administración publica.
Miguel Acosta Romero define como administración publica a:
“La parte de los órganos del Estado que dependen directa, o indirectamente, del Poder Ejecutivo, tiene a su cargo toda la actividad estatal que no desarrollan los otros poderes (Legislativo y Judicial), su acción es continua y permanente, siempre persigue el interés público, adopta una forma de organización jerarquizada y cuenta con:
  • elementos personales;
  • elementos patrimoniales;
  • estructura jurídica, y
  • procedimientos técnicos”.
De los cual podemos concluir que la administración pública es la parte operativa que lleva a cabo los designios tanto constitucionales y legales como la parte funcional y de atención que se emplea para llevar a cabo los objetivos del estado y que se basa en un sistema de delegación de funciones a través de las cuales realizan sus funcione las personas denominadas servidores públicos.

2.3.1  Servidor público.
El artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reputa como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial de la Federación, los funcionarios y empleados, y, en general toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal. Por su parte, el artículo 2° de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, establece que son sujetos de esa Ley, los servidores públicos mencionados en el párrafo primero y tercero del artículo 108 Constitucional y todas aquellas personas que manejen o apliquen recursos económicos federales existen tres principales denominaciones que son las utilizadas
 SERVIDOR PÚBLICO. - Persona física que realiza una función pública de cualquier naturaleza. (Concepto insuficiente, siendo más completo el de las Constituciones).
Para el estado de veracruz y para efectos de esta investigacion se entiende por servidor publico:

"Los servidores públicos, entendiéndose como tales, a los Diputados el Gobernador, Los Secretarios del Despacho, el Procurador General de Justicia, el Contralor General: los Magistrados; los Presidentes Municipales o de Concejos Municipales y los Síndicos; el Consejero Presidente, los Consejeros Electorales, el Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral Veracruzano y el Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos; los titulares o sus equivalentes, de las entidades dela administración pública estatal y municipal y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en los Poderes del Estado;
 y II.-Todas aquellas personas que manejen o apliquen recursos económicos estatales"


Esto segun lo dispuesto en la .Ley de Responsabilidad de los Servidores Publicos para el Estado de Veracruz.De igual manera dentro de la Ley Organica para el Municipio Libre para el estado de Veracruz  recientemente(2018) se agrega la figura del instituto municipal de las mujeres que dentro del art.81bis fraccion vii meciona como atribucion del mismo:

"VII. Impulsar la armonización legislativa, bajo el principio de igualdad y no discriminación, de los instrumentos jurídicos normativos que rigen las funciones del Ayuntamiento, en coordinación con las áreas municipales competentes y personas expertas en la materia; "

El objetivo de esta inevestigacion como se menciono al principio de la misma es observar como llevan a cabo esto los municipios de estado, tomando como referencia el municipio de Coscomatepec de Bravo y los municipios vecinos asi  como la estadistica estatal en general.








 

No hay comentarios.:

Publicar un comentario